Estimados afiliados,
Les recordamos que de no encontrarse al día en el pago de sus aportes, conforme lo establece el artículo 42 de la Ley 24.977, no podrán acceder a las prestaciones que brinda esta Obra Social.
Por lo expuesto, suspenderemos las prestaciones, cualquiera fuere su tipo, a todo monotributista que adeude dos meses consecutivos o alternados, hasta tanto abone y se refleje en el sistema o lo demuestre satisfactoriamente ante la Obra Social.
A fin de acreditar los pagos adeudados, podrán comunicarse vía mail a pagomonotributo@osdepym.com.ar.